HERVÁS, CATÁSTROFES NATURALES: EL PEDRISCO DE 1944
Copyright@2025Pedro Emilio López Calvelo
En una de las primeras entradas que hicimos en este blog, que se aproxima ya a los 10 años de vida, narramos una de las catástrofes naturales de las que tenemos constancia que hayan sucedido en Hervás: la inundación que se produjo en 1937.
En esa entrada hicimos una breve relación de otros procesos catastróficos producidos en nuestro pueblo, desde los numerosos periodos de sequía (con la incidencia que tenían sobre los cultivos y sobre el funcionamiento de las fábricas textiles), también temporales de lluvia que producían inundaciones (que provocaban destrozos en viviendas y, además, en las presas y conducciones de agua) y, también, temporales de viento y ciclones (que originaban numerosos destrozos). Entre esa relación de catástrofes naturales mencionábamos algunas tormentas de pedrisco que provocaron importantes pérdidas en los cultivos: por la prensa sabemos que hubo una importante en enero de 1914 y, también por la prensa y por el expediente abierto en por el Ayuntamiento, otra tormenta de pedrisco destacada en agosto de 1944. A contar los daños producidos por esta última tormenta de pedrisco dedicaremos esta entrada.
La mayor información que contamos para conocer los hechos ocurridos el domingo 27 de agosto de 1944 la tenemos, como hemos indicado, a partir de un expediente abierto por el Ayuntamiento con el objetivo de conocer en profundidad los daños y pedir subvenciones. Pero la noticia más inmediata apareció en la prensa: el periódico HOY informaba de la tormenta el día 29 de ese mes:
"SE PIERDE EN HERVÁS LA COSECHA DE FRUTALES Y LA DE VIÑEDOS. Una enorme granizada descarga sobre esta villa.
A las cinco de la tarde del domingo descargó sobre Hervás y varios pueblos de la comarca una enorme granizada que duró aproximadamente una hora.
Todos los huertos situados en la Cañada, en el Orillar y en el Berrocal quedaron totalmente arrasados.
Los granizos llegaron a pesar medio kilo alguno de ellos y mataron varias cabezas de ganado de cerda y muchas aves de corral.
También se produjeron daños de consideración en tejados y cristales de las viviendas.
Los daños se calculan en cerca del millón de pesetas afectando a muchos pequeños propietarios.
No se tienen noticias de que hayan ocurrido desgracias personales si bien han resultado contusionadas muchas personas" ¹.
El Ayuntamiento de Hervás, a través de su alcalde Manuel Álvarez Pérez, reaccionó con rapidez y, al día siguiente, decidió la apertura de un Expediente de Calamidad Pública, estudiar con detenimiento los daños y los perjudicados y enviar la documentación necesaria al Gobernador Civil de la provincia y a la Jefatura Provincial Agronómica.
"Habiéndose producido sobre este término municipal, e la tarde del día de ayer, una violenta tormenta con pedrisco, que, al parecer, ha destruido en gran consideración, los cultivos de uva, leguminosas secas, hortalizas y fruta, aparte de otros apreciables destrozos en los diferentes caseríos del campo, y muerte de animales, cuya devastación tiene todos los caracteres de calamidad pública, y careciendo el Presupuesto municipal de créditos suficientes para allegar fondos a favor de los damnificados, procédase a incoar el oportuno expediente de calamidad pública, de acuerdo con cuanto dispone la R.O. de 29 de febrero de 1860, a fin de solicitar del Gobierno Nacional auxilio económico para los perjudicados, por los efectos de expresada tempestad" ².
El primer paso fue convocar una reunión de la Junta Local de Informaciones Agrícolas y de la Junta de Beneficencia para que hicieran, previo análisis de los efectos de la tempestad sobre el terreno, un informe de los daños y de la situación económica de los damnificados.
Se estimó, por parte de la Junta de Beneficencia, que el número de agricultores afectados rondaría los 250, de los cuales unos 70 serían propietarios y pequeños agricultores y los otros 180 serían obreros agrícolas "habiendo quedado estos últimos, por la citada devastación, en una angustiosa indigencia, ya que los productos destruidos, por el ya mentado pedrisco, suponían sus recursos y reservas de alimentación hasta la cosecha del próximo año agrícola, y cuya desaparición ha de producir, en sus familias, un estado de pobreza y desesperación, especialmente durante la época invernal que se avecina" ³.
El informe de la citada Junta Local indicaba que se hacía necesario, por la importancia del siniestro y la delicada situación económica de la mayoría de los afectados, que se concedieran fondos del Presupuesto general del Estado y que se solicitara a la Diputación Provincial de Cáceres, ya que muchos eran productores de uva, que concediera una moratoria de un año en el cobro de los impuestos provinciales que gravaban la producción de uva.
Enviado el informe al Gobierno Civil de la provincia, éste contestó, ya en el mes de octubre, solicitando un nuevo informe donde se concretara la situación económica de los afectados, se indicara la cifra razonada en que se estimaba el remedio de los daños y si el riesgo tenía el carácter de asegurable.
Ya en enero de 1945 una nueva comunicación del Gobierno Civil solicita al Ayuntamiento de Hervás una relación nominal de los damnificados por la tormenta de agosto con inclusión de los daños ocasionados a cada afectado.
El Alcalde y el Secretario del Ayuntamiento de Hervás enviaron dicha relación en la que figuraban hasta 363 afectados con cantidades de daños muy variables (desde poco más de cien pesetas en algunos casos, hasta varios miles en otros: por ejemplo, a Antonio Carrero se le ocasionaron unos daños valorados en 112 ptas., mientras que a Valentín García se le valoraron los daños en 4.624 ptas.). El importe total ascendía, como aparece en el cuadro de más arriba, a 484.000 pesetas.
Un nuevo escrito del Gobernador Civil, el 1 de marzo de 1945, indica que no es posible que el "donativo concedido por la Superioridad" incluyera a todos los afectados y que, para que la distribución de las indemnizaciones fuera lo más equitativa posible, debía constituirse una Junta formada por el Alcalde, el Jefe Local de las F.E.T. y de las JONS, el Delegado Sindical Local, un sacerdote y el mayor y el menor contribuyente por riqueza rústica de la localidad, junto con el Secretario del Ayuntamiento. Esta junta debía estudiar la situación económica de los afectados y proponer el nombre de los más necesitados, así como el importe de los perjuicios que sufrieron.
La Junta hizo el informe que se le había solicitado, incluyendo un listado con 282 afectados. El perjuicio total sufrido por este número más reducido de afectados sumaba las 132.470 pesetas.
En el expediente del Ayuntamiento debe faltar alguna comunicación intermedia en la que el Gobernador Civil de Cáceres debió comunicar al Ayuntamiento de Hervás que la subvención concedida alcanzaría el 24% del valor de las pérdidas tal como se habían notificado en el último informe, ya que el documento siguiente de este expediente, de mediados de mayo de 1945, es un listado en el que se indica la cantidad que debería percibir cada uno de los afectados aplicando ya ese 24% de los daños consignados (en este listado se aprecia que Antonio Carrero recibió un total de 24 pesetas; Valentín García no aparece en este listado, por lo que debió ser uno de los excluidos por tener una mejor situación económica, pero Vicente Martín recibió 480 pesetas). La cifra total de dinero que se envió desde el Gobierno Civil para el pago de los damnificados por la tormenta de pedrisco del 27 de agosto de 1945 ascendió a un total de 31.792,80 pesetas.
Con la certificación por parte de la Junta que había sido nombrada para elaborar el listado definitivo de afectados y el reparto económico de las cantidades subvencionadas, el día 18 de mayo de 1945, finaliza el expediente abierto por el Ayuntamiento con motivo de la tormenta de pedrisco del 27 de agosto de 1944.
NOTAS:
¹ Periódico HOY (hemeroteca). Badajoz, martes 29 de agosto de 1944. Pag. 2.
² Archivo Municipal de Hervás. Expediente de calamidad pública, incoado por este Ayuntamiento, con motivo de la tormenta con pedrisco descargada sobre este término municipal el día 27 de agosto del año actual. 1944. Legajo 21, cap. 5.
³ Ibidem.
------
DERECHOS: El texto de esta entrada en el blog TRASUNTOS DE HERVÁS II no ha sido nunca publicado tal como aparece compuesto en esta entrada del blog. La propiedad intelectual de dicho texto pertenece, por tanto, al autor del blog (Pedro Emilio López Calvelo -pedroemilio100@hotmail.com-).
La reproducción total o parcial de este texto en una publicación o cartel deberá hacer constar con claridad su autoría, así como la referencia de la publicación en que hubiera sido previamente difundida por su autor. Su uso comercial y/o público queda supeditado a la expresa autorización del autor.